Las aseguradoras declararon algo así como 380000 vehículos en siniestro total en España durante 2024, una cifra que engloba daños por colisión, exposición a inundaciones, recuperaciones tras robo, actos vandálicos y averías mecánicas en las que el presupuesto de reparación superó la valoración del vehículo por parte del perito. La anotación de baja por siniestro total debería figurar en el permiso de circulación de todos esos vehículos, y en la mayoría lo hace. La tasa de anotación no llega al cien por cien, y nunca ha llegado. La aseguradora debe notificar el siniestro total a la DGT, la DGT ha de determinar que los daños superan el umbral establecido para proceder a la anotación y tramitar la baja en el Registro de Vehículos antes de que el vehículo vuelva a circular. El sistema de notificación no dispone de un mecanismo de control en tiempo real que detecte a una aseguradora que presenta la comunicación tarde o no la presenta en absoluto, y la brecha entre lo que se declara siniestro total y lo que recibe anotación lleva años integrada en el funcionamiento del sistema, no como un fallo puntual, sino como una característica estructural del marco de notificación.

Las grandes aseguradoras nacionales con mayor cuota de mercado notifican a la DGT de forma sistemática. Las mutualidades de menor tamaño, las entidades especializadas en flotas comerciales y vehículos de alquiler, las empresas y organismos públicos que se autoaseguran y las aseguradoras que operan en el mercado excedente son menos fiables desde hace años, y cuando un vehículo queda declarado siniestro total por una de estas entidades y la comunicación a la DGT no se produce, el siniestro total no existe en el registro nacional. La jefatura provincial de tráfico correspondiente conoce los siniestros totales por sus propios cauces con la aseguradora, y si esa notificación tampoco llega, la jefatura no tiene base para anotar la baja. Un vehículo siniestrado por una entidad que no presentó ninguna de las dos comunicaciones conserva su permiso de circulación limpio y aparece en el Registro de Vehículos exactamente igual que un vehículo que nunca estuvo involucrado en un siniestro. A partir de ahí, la disposición del vehículo se bifurca. La aseguradora toma posesión y lo envía a un desguace o a una subasta de vehículos siniestrados, donde entra en el circuito de reparación y eventualmente pasa por la ITV extraordinaria que corresponde a un vehículo reconstruido, o el propietario retiene el vehículo y la aseguradora abona la indemnización menos la deducción por valor de restos. Los vehículos retenidos por el propietario representan algo así como una cuarta parte de las disposiciones, según el año y la entidad, y la tasa de anotación en esos casos es significativamente inferior a la de los vehículos que pasan por subasta, porque el vehículo nunca entra en ese circuito, nunca lo gestiona un taller especializado y nunca pasa por la inspección que forzaría la cuestión del estado del permiso.
La diferencia entre umbrales de siniestro total agrava el problema.
Algunas comunidades autónomas y la normativa estatal establecen criterios que oscilan entre el setenta y cinco y el ochenta por ciento del valor venal para proceder a la anotación de baja, y hay fórmulas que incorporan los costes de los informes periciales complementarios y ajustes por depreciación que no figuraban en la estimación inicial sobre el terreno. Un vehículo que en el primer informe pericial llega al setenta y tres por ciento queda declarado siniestro total tres semanas después cuando un informe complementario empuja el coste de reparación por encima del umbral, y si la jefatura ya procesó el permiso de circulación basándose en la estimación inicial, no siempre vuelve atrás para anotar la baja cuando llega el informe complementario. El propietario tiene en sus manos un permiso de circulación limpio de un vehículo que una aseguradora consideró que no valía la pena reparar, y ese permiso es indistinguible en el Registro de Vehículos del de un vehículo que nunca tuvo un siniestro. Una verificación de VIN devuelve resultado limpio. El historial de siniestros devuelve resultado limpio. El registro de subasta está vacío porque el vehículo nunca pasó por ninguna. Los registros de servicio muestran el mantenimiento anterior al siniestro y nada después, y esa laguna en el historial de mantenimiento es la señal más aproximada que existe en los datos, pero ningún sistema la señala como tal. El siniestro total existe en un único lugar, la base de datos interna de la aseguradora, y esas bases de datos no están conectadas al Registro de Vehículos de la DGT ni son accesibles para los proveedores de informes de historial del vehículo ni pueden ser consultadas por nadie ajeno al departamento de siniestros de la entidad.
El problema de detección en estos vehículos es que todas las herramientas de verificación disponibles extraen datos de las mismas fuentes en las que existe la brecha. El registro de la DGT está limpio porque la aseguradora no notificó. El permiso de circulación está limpio porque la jefatura no anotó la baja. El registro de subasta está vacío porque el propietario conservó el vehículo. Un comprador que realiza todas las comprobaciones disponibles obtiene resultados exactos de todas las bases de datos, y esos resultados dicen con exactitud que el vehículo nunca ha sido declarado siniestro total, porque en todas las bases de datos accesibles para el comprador esa afirmación es cierta. El siniestro existe. La aseguradora pagó la indemnización. El vehículo fue peritado y declarado reparación no rentable. Todo eso ocurrió, y nada de ello aparece en ningún lugar al que pueda acceder una herramienta de verificación externa. Un vehículo declarado siniestro total por criterio económico y no por la gravedad de los daños estructurales puede no presentar señales visibles del siniestro, de modo que la inspección física que habitualmente detecta lo que los datos omiten tampoco cierra necesariamente la brecha en los casos de retención por el propietario cuando el daño fue económico y no catastrófico.
Nadie lleva un recuento de cuántos de los 380000 vehículos declarados siniestro total en 2024 cruzaron esa brecha con el permiso de circulación limpio hacia el mercado de segunda mano, y nadie lo hizo con los del año anterior ni con ningún año anterior a ese. Hacerlo exigiría cruzar los expedientes de siniestros de todas las aseguradoras con las notificaciones al Registro de Vehículos de la DGT para identificar los vehículos que figuran en los datos de siniestros pero no aparecen en ningún otro lugar, y ningún organismo estatal ni autonómico realiza ese cruce. El inventario acumulado de vehículos con siniestro total sin anotación en el permiso de circulación crece cada año que la brecha permanece abierta, y lleva abierta desde que el sistema de notificación entre aseguradoras y DGT empezó a funcionar.
